El pasado mayo se publicó en el BOE el real decreto por el que se prorrogaba la suspensión de los desahucios, una medida de protección a familias vulnerables vigente durante el estado de alarma y que finalizaría el 9 de agosto.
Aunque, según explica nuestra socia-abogada y especialista en Derecho Inmobiliario, Arantxa Goenaga, esta suspensión se podría alargar: “En agosto, los juzgados están cerrados, por lo que en realidad la suspensión estará vigente hasta el 1 de septiembre, el primer día hábil”.
La pregunta que se realizan des del sector inmobiliario, sin embargo, es qué pasará con los desahucios una vez finalice el estado de alarma. “Esto no significa que los desahucios dejen de producirse”, ha indicado la abogada, pues explica que la normativa contempla supuestos para la suspensión según la situación del inquilino y que, en cualquier caso, afecta a personas sin alternativa habitacional.
Para saber más sobre la venta de propiedades con inquilinos, pincha aquí.
Artículos Recientes
‘Due diligence’ y validación legal como fase crítica obligada en rondas de financiación
La entrada de inversores en una compañía, especialmente en fases de crecimiento, no solo implica una inyección de capital: requiere [...]
Evitar el bloqueo societario: claves para anticiparse a los conflictos empresariales
El bloqueo societario puede poner en riesgo la continuidad de una empresa si los órganos sociales quedan paralizados por falta [...]
«Mucha gente preferirá tenerlos cerrados o venderlos», Arantxa Goenaga sobre la situación de los pisos turísticos
Barcelona, Sevilla, Marbella… Las cifras no engañan: cada vez son más los pisos turísticos ilegales que operan fuera de la [...]





