La crisis generada por la COVID-19 ha puesto en jaque la economía de numerosas personas y núcleos familiares que han visto afectados sus puestos de trabajo con ERTES, ERES y despidos. Ante esta disminución drástica de ingresos, hacer frente a ciertos pagos puede ser difícil, por lo que numerosas hipotecas y contratos de alquiler se han visto impagados. Aun así, la polémica Ley de Vivienda aprobada en plena pandemia preveía mecanismos como la reducción de la renta del 50% en ciertos casos para evitar llegar a estos extremos. Sin embargo, no se ha hecho un uso adecuado de ella.

Evidentemente, en este conflicto hay dos partes, el propietario del piso o casa que quiere recuperar la posesión y cobrar los alquileres que se hayan generado durante todo el contrato de arrendamiento, y el inquilino o arrendatario que, por múltiples circunstancias no ha podido cumplir con el pago de la mensualidad de la renta y un Juzgado ha acordado que finalice el contrato y tenga que abandonar el piso o casa”, analiza Arantxa Goenaga, nuestra socia-abogada y especialista en Derecho Inmobiliario. En este sentido, la abogada ha apuntado distintas estrategias para que el lanzamiento de la propiedad sea lo menos traumática posible.

Por lo que respecta al arrendatario, la abogada aconseja evitar que se produzca esta situación mediante la comunicación inmediata y fehaciente (es decir, por escrito) al arrendador de la situación que estamos viviendo, “para que puedan buscar una solución, ya sea aplicando las medidas del Gobierno o las que ellos puedan pactar para evitar que la situación acabe en un procedimiento judicial de desahucio”, explica la abogada. En caso de estar ya inmersos en uno, las personas afectadas deberán ponerse en contacto con servicios sociales y comunicar este paso al juzgado para solicitar “un incidente excepcional de suspensión del procedimiento” prevista por la mencionada Ley y vigente hasta la finalización de la prórroga del estado de alarma, amplía Goenaga.

Por lo que respecta al arrendador que se vea afectado por un impago, lo mejor es intentar llegar a un acuerdo con el arrendatario si existe voluntad de pago y entendimiento. En caso contrario, solo queda interponer una demanda para recuperar la propiedad.

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