Carmen González Poblet, Socia Fundadora de Círculo Legal, ha escrito el artículo: «El dinero privativo invertido en un bien ganancial, ¿se puede recuperar?“, publicado en Hacer Familia.
En este artículo se aborda la cuestión de si un bien ganancial procedente de dinero privativo se puede recuperar. El Tribunal Supremo resuelve en una sentencia del 27 de mayo de 2019 que el derecho de reembolso procede siempre.
Tal y como menciona Carmen González: «En nuestro ordenamiento jurídico las donaciones nunca se presumen por lo que el reembolso que prevé el artículo 1358 del Código Civil, es un mecanismo para restablecer el equilibrio entre los patrimonios de ambos cónyuges y procede siempre que no se haya excluido expresamente».
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