El pasado mayo se publicó en el BOE el real decreto por el que se prorrogaba la suspensión de los desahucios, una medida de protección a familias vulnerables vigente durante el estado de alarma y que finalizaría el 9 de agosto.
Aunque, según explica nuestra socia-abogada y especialista en Derecho Inmobiliario, Arantxa Goenaga, esta suspensión se podría alargar: “En agosto, los juzgados están cerrados, por lo que en realidad la suspensión estará vigente hasta el 1 de septiembre, el primer día hábil”.
La pregunta que se realizan des del sector inmobiliario, sin embargo, es qué pasará con los desahucios una vez finalice el estado de alarma. “Esto no significa que los desahucios dejen de producirse”, ha indicado la abogada, pues explica que la normativa contempla supuestos para la suspensión según la situación del inquilino y que, en cualquier caso, afecta a personas sin alternativa habitacional.
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