No inscribir las fincas en el Registro de la Propiedad es una práctica más habitual de lo que puede parecer. Y tiene serias consecuencias. La abogada, socia del despacho Círculo Legal Barcelona, Arantxa Goenaga, explicó a Crónica Global que “pese a que todos pensamos que lo normal es que las compraventas de fincas y de pisos se hacen siempre en escritura publica ante un notario esto no es así porque el contrato de compraventa no se tiene que formalizar obligatoriamente en escritura publica y puede formalizarse en un contrato privado o incluso verbalmente, mientras se entregue el precio y el inmueble es suficiente”.
Conoce más aquí.
Artículos Recientes
Errores jurídicos que pueden frenar el crecimiento de una startup
Crear una startup implica innovar, crecer rápido y atraer inversión, pero también exige prestar atención a aspectos legales que muchas [...]
‘Due diligence’ y validación legal como fase crítica obligada en rondas de financiación
La entrada de inversores en una compañía, especialmente en fases de crecimiento, no solo implica una inyección de capital: requiere [...]
Evitar el bloqueo societario: claves para anticiparse a los conflictos empresariales
El bloqueo societario puede poner en riesgo la continuidad de una empresa si los órganos sociales quedan paralizados por falta [...]




